Derechos de los Estudiantes en Cuidado de Crianza

Sep 15, 2016

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Derechos de los estudiantes en cuidado de crianza

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¿Puedo asistir a la misma escuela incluso si cambio de hogar de crianza?

SÍ. Tienes derecho a permanecer en tu “escuela de origen”. Esto incluye tu escuela anterior, la escuela a la que asististe cuando estabas en tu último hogar de crianza “permanente” o cualquier otra escuela a la que te has sentido “conectado” en los últimos 15 meses. i

¿Tengo derecho a recibir transporte gratis hacia mi escuela incluso si queda muy lejos?

NO, a menos que asistas a educación especial y el transporte forme parte de tu Plan Educativo Individualizado. Sin embargo, el enlace para la juventud en cuidado de crianza de tu distrito debe trabajar contigo y tu proveedor de cuidados para establecer un plan de transporte. Tu proveedor de cuidados puede tener derecho a ser reembolsado por tu agencia de bienestar infantil por el costo de hacerte llegar a tu escuela de origen. ii

Al cambiar de escuela, ¿puedo inscribirme de inmediato incluso si no tengo completo todo el papeleo?

SÍ. Tienes derecho a inscribirte inmediatamente cuando cambias de escuela. iii Esto aplica incluso si no tienes tu tarjeta de vacunas, expediente académico, o si no te “diste de baja” en tu última escuela.

¿Tengo derecho a inscribirme en las mismas clases si cambio de escuela?

SÍ. Tienes derecho a inscribirte en las mismas clases o en clases similares a las que estabas inscrito en tu última escuela. Tu nuevo consejero escolar debe solicitar tu expediente a tu escuela anterior y calcular todos tus créditos, incluyendo cualquier crédito parcial. iv

¿Puedo ser penalizado por ausencias relacionadas con el cuidado de crianza?

Tus calificaciones no pueden disminuir por ausencias relacionadas con cambios en tu hogar de crianza, por comparecer ante la corte o debido una actividad dispuesta por la corte. v

¿Tengo derecho a participar en las mismas actividades extracurriculares y deportes escolares que los demás estudiantes?

SÍ, incluso si recientemente te cambiaste a una nueva escuela. vi

¿Tengo derechos especiales si cambio de colegio después de mi segundo año (décimo grado)?

SÍ. Si cambiaste de colegio después de tu décimo año y esto afectó tus créditos, puedes ser elegible para recibir un diploma de colegio que requiere menos créditos. También puedes calificar para un quinto año en colegio. vii Debes reunirte con tu consejero escolar para determinar cuál es la mejor opción para ti.

¿Qué derechos tengo al aplicar a una institución de educación superior o programa técnico?

Tienes derecho a NO pagar la cuota de aplicación al aplicar a instituciones públicas de educación superior que únicamente otorgan títulos de asociados. También tienes derecho a recibir hasta $5,000 al año a través de la beca Chafee, así como la máxima cantidad de asistencia estudiantil federal.

¿Qué derechos tengo para recibir apoyo educativo adicional?

Tienes derecho a recibir apoyo especial por parte de tu distrito escolar y condado. Todo distrito escolar debe contar con un “enlace educativo para la juventud en cuidado de crianza” y la mayoría de las oficinas de educación del condado operan un “Programa de Coordinación de los Servicios para la Juventud en Cuidado de Crianza” (FYSC, por sus siglas en inglés). Los enlaces y programas FYSC han sido creados para ayudarte y pueden trabajar contigo para identificar el apoyo y los servicios que necesitas para tener éxito en la escuela.

Notas:
i Código Escolar de California § 48853.5(f)
ii Código Escolar de California § 48853.5(e)(10)
iii Código Escolar de California §§ 48853.5(e)(8)(B)
iv Código Escolar de California §§ 51225.2, 48645.5(a)
v Código Escolar de California § 49069.5(g)-(h)
vi Código Escolar de California § 48850(a)
vii Código Escolar de California § 51225.1

Fuente de información: MySchoolMyRights.com

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