Agentes de Migración en Tu Puerta

Dec 13, 2019

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ICE police

Si Agentes de Migración llegan tocando la puerta:

No abras la puerta.

No es requisito legal dejarlos pasar al menos que proporcionen una orden de registro o arresto.

Pregúntales por el motivo de su visita.

Si no hablas inglés, tienes derecho a un intérprete.

Si insisten con entrar, exige ver una orden jurídica.

Existen dos tipos de ordenes: de registro y de arresto.

  • Una orden de registro permite al policía o agente entrar al domicilio escrito sobre la orden, pero únicamente pueden revisar dentro de las áreas y por los artículos descritos.
  • Una orden de arresto permite al policía o agente entrar al hogar de la persona descrita sobre la orden si creen que dicha persona se encuentra adentro. Una orden de remoción/deportación (Orden de ICE) no permite entrar al agente sin permiso de los habitantes.

Pide al oficial pasar la orden por debajo de la puerta o sostenerlo sobre una ventana para permitirte inspeccionarlo.

Probablemente demuestren las formas administrativas (I-200 y I-205). Pero si no tienen una orden firmada por un juez, puedes negarles entrada.

Verifica que tenga la firma de un juez.

  • Si es una orden de registro, asegura que sea tu domicilio; en caso de no ser así, no es tu obligación abrirles.
  • Si es una orden de arresto, asegura que sea para alguna de las personas que habitan en tu hogar; de no ser así, no es tu obligación abrirles.

Aún en el caso que posean una orden y tengas que abrirles, tienes el derecho de mantener silencio.

Di: "Abogo por la quinta enmienda y decido mantener mi silencio.

Si entran a la fuerza, no resistas.

Mantén la calma, pero no compartas información alguna.

Si eres arrestado, mantén tu silencio.

Tienes el derecho de hablar con un abogado antes de cooperar y, ante todo, mantén la calma por que TIENES DERECHOS ¡EJERCÍTALOS!

Si ICE llega al lugar de trabajo:

No consientas.

Declara que no consientes a una revisión de tu persona o tus pertenencias. Los agentes de ICE pueden entrar a áreas abiertas al público general (comedor, estacionamiento, sala de espera) de un negocio sin permiso. Eso no significa que tengan la autoridad de detener, cuestionar, o arrestar a cualquiera.

Pregunta si poseen una orden.

Si los agentes no cuentan con una orden, tranquilamente pídeles retirarse. Advierte a los trabajadores que tienen el derecho de mantener el silencio y que no tienen obligación de contestar preguntas. Sin embargo, no indiques a nadie no contestar.

Si ICE dispone de una orden firmada por un juez:

Asegura que la orden tenga la dirección correcta de tu lugar de trabajo. Examina la orden para ver cuales áreas y artículos está autorizada de revisar ICE. ICE no tiene la autorización de revisar áreas o inspeccionar artículos que no estén descritos sobre la orden.

Mantén la calma.

No corras, ICE puede usar eso como motivo suficiente para tu arresto. No incites a nadie de escapar o esconderse.

Conoce la ley.

Bajo la ley de California, los empleadores no pueden entregarles los registros de los empleados o voluntariamente permitir a agentes de migración de entrar a áreas no-públicas del lugar de trabajo sin una orden jurídica.

Pide ver identificación.

Anota los nombres, los contactos, y los números de placa de los oficiales o agentes. Si el agente se niega a proporcionar documentación, anota tal. Documenta muestras de violencia o abuso. Documenta los detalles de la revisión, y personas o propiedad confiscada. Llama a la línea directas de respuesta rápida de tu área.

Recursos Adicionales

La aplicación de Justicia Móvil

Descarga la aplicación gratuita de Justicia Móvil para documentar las interacciones con las autoridades y agentes de migración, y para tener información sobre Conocer Tus Derechos a la mano.

Líneas directas de respuesta rápida

Alameda County (510) 241-4011
Central Valley (559) 206-0151
Stand Together Contra Costa (925) 900-5151
Humboldt County (707) 282-5226
Marin County (415) 991-4545
Monterey County (831) 643-5225
North Bay: Solano, Sonoma & Napa Counties (707) 800-4544
Sacramento & Yolo Counties (916) 245-6773
San Francisco City (415) 200-1548
Santa Clara County (408) 290-1144
Santa Cruz County (831) 239-4289
San Mateo County (203) 666-4472
Services, Immigration Rights and Education Network (SIREN) Rapid Response Text Platform
Community members: (201) 468-6088
Allies: (918) 609-4480

Localiza a una Persona Detenida

Accede al localizador de detenidos en línea de ICE en https://locator.ice.gov

Llama a la oficina de campo del Norte de California al(415) 844-5512.

Manténgase preparado

Asegúrate que tu familia sepa:

Tu A-Number para que puedan localizarte en caso de ser arrestado

El número de teléfono de una fuente confiable de asesoría legal de inmigración

Cuáles amigos y familiares que puedan asistir con las obligaciones de la familia