Derechos de los Estudiantes por Discapacidad

Aug 24, 2020

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Derechos de los Estudiantes por Discapacidad

¿Existen leyes que me protejan si tengo una discapacidad?

SI. Las dos leyes principales son la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (“IDEA”) y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación, que la gente suele llamar simplemente “Sección 504”. La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (“ADA”) también protege a los estudiantes con discapacidades.

IDEA dice que las escuelas públicas tienen que brindar a todos los estudiantes con discapacidades una “educación apropiada” (llamada “educación pública gratuita apropiada” o FAPE) en el “entorno menos restrictivo”. Básicamente, esto significa que una escuela tiene que enseñarle de una manera diseñada solo para su discapacidad. El “ambiente menos restrictivo” significa que la escuela no puede ubicarlo en un lugar diferente al de los estudiantes sin discapacidades sin una muy buena razón. Todas las escuelas públicas deben seguir esta ley.

La Sección 504 dice que las escuelas no pueden discriminarlo por su discapacidad, al igual que no pueden discriminarlo por su raza o género. Esto significa que las escuelas públicas deben brindarle una “educación adecuada”, tal como se establece en IDEA. Las escuelas también deben brindarle las mismas oportunidades que los estudiantes sin discapacidades. ¡Esto significa que la escuela no puede alejarlo de las excursiones y actividades extracurriculares debido a su discapacidad! Todas las escuelas que reciben dinero del gobierno federal deben cumplir con esta ley. Esto incluye todas las escuelas públicas y algunas escuelas privadas (pero las escuelas privadas no tienen que proporcionar una “educación adecuada”).

La ADA también dice que las escuelas no pueden discriminarlo debido a su discapacidad, y les dice a las escuelas que deben hacer “modificaciones razonables” a sus políticas para adaptarse a su discapacidad. Esta es otra forma de decir que las escuelas pueden tener que cambiar la forma en que hacen las cosas para permitirle unirse a una excursión, club o actividad extracurricular. Todas las escuelas, excepto las escuelas privadas religiosas, deben seguir esta ley. La ADA es útil cuando solicita cambios que no están estrechamente relacionados con su educación, como traer un perro de servicio a la escuela o llevar su propia medicación.

¿Qué tipo de discapacidad necesito para estar protegido?

Según IDEA, hay 13 tipos de discapacidades. Algunos de estos tipos son muy específicos, como el autismo o la sordera. Pero algunos tipos son generales, como “otros problemas de salud” (“OHI”). Cosas como el TDAH (trastorno por déficit de atención con hiperactividad) o una afección cardíaca pueden ser un IHO si dificultan la atención en el aula. Otras discapacidades incluyen discapacidad de aprendizaje, alteración emocional, discapacidad del habla, discapacidad intelectual y lesión cerebral traumática. También tiene que demostrar que su discapacidad “afecta negativamente” su desempeño en la escuela. Esto significa que su discapacidad le dificulta aprender y necesita educación especial. Por lo general, puede mostrar esto con calificaciones bajas, pero no se requieren calificaciones bajas.

Para estar protegido bajo la Sección 504 y la ADA, no es necesario que tenga discapacidades específicas como bajo la IDEA. Cualquier cosa puede ser una discapacidad (tanto mental como física) si le dificulta realizar una “actividad importante en la vida”. Muchas de las cosas que hace todos los días cuentan como actividades importantes de la vida, como caminar, respirar, comer, pensar, comunicarse, aprender o ir a la escuela. Las funciones de los órganos y sistemas internos como el corazón y los pulmones también son actividades importantes de la vida, por lo que cualquier cosa que los afecte podría ser una discapacidad. Algunos ejemplos de estas discapacidades son la depresión, la ansiedad, el asma o una afección cardíaca.

Si tengo una discapacidad, ¿mi escuela debe tomar alguna medida?

Los IEP y los planes 504 son documentos que le permiten a usted y a todas las personas con las que trabaja en la escuela saber cómo la escuela va a satisfacer sus necesidades. Si tiene una discapacidad según IDEA, tendrá un IEP, y si no tiene una discapacidad según IDEA pero tiene una según la Sección 504, debe tener un Plan 504. Estos dos documentos tienen nombres diferentes pero hacen muchas de las mismas cosas. Debe recordar que una vez que usted y su escuela acuerden un IEP o un Plan 504, la escuela debe seguirlo.

Un IEP es un plan de educación especial individualizado. Les dice a los maestros cómo enseñarle y qué cambios necesita en el aula. Algunas formas diferentes de enseñar pueden ser en grupos pequeños, uno a uno, el maestro le da instrucciones escritas para una tarea o le permite usar materiales prácticos como tarjetas con imágenes para una lección.

Su IEP también puede tener lo que se llama “servicios relacionados”. Estos te brindan ayuda adicional para aprender en la escuela. Estos tipos de servicios pueden incluir terapia del habla, consejería, tutoría, terapia ocupacional, terapia del comportamiento y muchos otros.

Estos planes también les informarán a sus maestros los cambios en las reglas o la forma en que se hacen las cosas en la escuela para ayudarlo a participar. Estos cambios se realizan solo para su discapacidad. Por ejemplo, si tiene ansiedad, la escuela podría cambiar las reglas para que pueda obtener más tiempo en los exámenes o tomar un examen en una sala por su cuenta. Si tiene una discapacidad física, un plan 504 podría darle más tiempo entre clases o permitirle usar el ascensor de la escuela que otros estudiantes no pueden usar.

El IEP también enumera sus metas todos los años. Estas son cosas que usted, su familia / cuidadores y los maestros quieren que haga durante el próximo año. Estos pueden ser objetivos académicos (como aprender a leer en un determinado nivel de grado) o objetivos de comportamiento (como aprender a alejarse de un conflicto). Cualesquiera que sean las metas, no deberían ser demasiado difíciles ni demasiado fáciles; deberían ser lo suficientemente desafiantes como para que trabajes para alcanzarlas todo el año, al igual que todos los estudiantes trabajan duro para aprender el material de su grado.

¿Cómo es una reunión del IEP?

Una reunión del IEP debe reunir a sus maestros, un líder de la escuela (generalmente el subdirector o el director de educación especial del distrito), sus padres o tutores, posiblemente un consejero o un psicólogo escolar con el que haya trabajado, otro personal que le brinde servicios relacionados (por ejemplo, un terapeuta del habla) y USTED. ¡Sí, usted también puede ser parte de su reunión de IEP! Todas estas personas forman el “Equipo IEP”.

¿Cómo es una reunión del IEP?

Una reunión del IEP debe reunir a sus maestros, un líder de la escuela (generalmente el subdirector o el director de educación especial del distrito), sus padres o tutores, posiblemente un consejero o un psicólogo escolar con el que haya trabajado, otro personal que le brinde servicios relacionados (por ejemplo, un terapeuta del habla) y USTED. ¡Sí, usted también puede ser parte de su reunión de IEP! Todas estas personas forman el “Equipo IEP”.

Su reunión del IEP debe comenzar hablando de sus fortalezas, sus metas del año pasado y cómo le está yendo en la escuela en este momento. A veces, un consejero o un profesional le dará una evaluación, como una evaluación académica o de salud mental. Estas evaluaciones son como pruebas y ayudan al equipo del IEP a conocer más sobre su discapacidad, cómo le va en la escuela y si necesita más ayuda. Si ha sido evaluado, su equipo de IEP también hablará sobre esos resultados. El equipo del IEP luego hablará sobre las nuevas metas para el próximo año. Aquí es donde puede hablar sobre las cosas en las que desea trabajar durante el próximo año. (La escuela tiene que pasar por su IEP una vez al año, pero lo hace en una época diferente del año para todos).

La última parte de un IEP se llama “colocación” y es donde el equipo del IEP decide cuál es el mejor tipo de salón de clases para usted. Puede estar en una clase de educación general (es decir, con otros estudiantes sin discapacidades) con algunos apoyos adicionales. También puede estar en una clase de educación especial durante todo el día o solo parte del día, o podría estar en una escuela diferente. La escuela puede separarte de los estudiantes sin discapacidades solo si es absolutamente necesario.

Una vez que tenga 16 años, su IEP también debe tener un “plan de transición, y el equipo del IEP debe hablar sobre esto durante la reunión del IEP”. Un plan de transición habla sobre lo que quieres hacer después de la escuela secundaria y cómo la escuela puede ayudarte a alcanzar esa meta. Por ejemplo, si quieres conseguir un trabajo inmediatamente después de la secundaria, ir a un programa de capacitación laboral o ir a la universidad, entonces tu plan de transición debe hablar sobre las formas en que tu escuela te ayudará. También puede invitar al Departamento de Rehabilitación de California (“DOR”) a su reunión del IEP para ayudarlo con su plan de transición. Si los invitas, tienen que venir. El DOR puede ayudarlo a encontrar trabajo, pagar la universidad o simplemente ayudarlo a descubrir lo que quiere hacer después de la escuela secundaria. Para comenzar con DOR, complete este formulario o visite su sitio web.

Puede grabar una reunión del IEP si avisa a la escuela con 24 horas de anticipación.

No hay tantas reglas sobre quién debe estar en una reunión del plan 504 o qué debe ser parte de su plan. Pero una reunión 504 aún reúne a un grupo de personas que lo conocen mejor para descubrir cómo la escuela puede apoyarlo y ayudarlo a tener éxito. Durante la reunión 504, el equipo tendrá que decidir quién es responsable de asegurarse de que obtenga todas las adaptaciones enumeradas en el plan.

¿Qué debo hacer si creo que tengo una discapacidad, pero no estoy seguro?

Si no tiene un IEP en este momento, pero cree que necesita servicios de educación especial de su escuela debido a una discapacidad, sus padres, tutores o maestros pueden solicitar que se le dé una evaluación o valoración. Otro “proveedor de servicios”, como un consejero, también puede solicitar una evaluación.

Una solicitud de evaluación debe hacerse por escrito e incluir información sobre su discapacidad o por qué esta persona cree que puede tener una discapacidad. Haga clic aquí para descargar una carta de muestra que puede usar del Fondo de Educación y Defensa de los Derechos de los Discapacitados.

La escuela tiene entonces 15 días después de recibir la solicitud para darle a su familia un “plan de evaluación”. Un plan de evaluación enumera las diferentes pruebas o evaluaciones que le van a dar. Por ejemplo, basándose en tus bajas calificaciones o ansiedad, una escuela podría darte una evaluación académica y una evaluación de salud mental. Una vez que su padre o tutor firme el plan de evaluación, el distrito escolar tiene 60 días para finalizar sus evaluaciones. Antes de que pasen esos 60 días, la escuela tiene que celebrar una reunión del IEP para hablar sobre los resultados de la evaluación y si creen que tienes una discapacidad.

Es posible que este proceso no sea exactamente el mismo al solicitar un plan 504, pero aún así debe hacer que su padre / tutor o alguien que trabaje con usted en la escuela solicite una evaluación si cree que tiene una discapacidad según la Sección 504 pero no según IDEA.

Si el distrito escolar cree que puede tener una discapacidad, la IDEA y la Sección 504 requieren que el distrito comience el proceso de evaluación (esto se llama “búsqueda de niños”).

Si no estoy de acuerdo con las evaluaciones o el diagnóstico del distrito, ¿puedo cuestionarlos?

SI. Si no está de acuerdo con una evaluación o diagnóstico que el distrito completó bajo IDEA, puede solicitar una evaluación educativa independiente (“IEE”). Una IEE significa que un profesional que no trabaja para el distrito viene a dar una segunda opinión. El distrito escolar debe pagar una IEE.

Si desea una IEE, debe solicitarla por escrito después de que el distrito escolar ya haya completado sus evaluaciones. Haga clic aquí para descargar una carta de muestra que puede usar para solicitar una IEE del Fondo de Educación y Defensa de los Derechos de los Discapacitados.

Si solicita una IEE, el distrito escolar debe aceptar pagarla o solicitar el “debido proceso”, que es una audiencia legal ante un juez en la que el distrito debe demostrar por qué la evaluación que le dieron es suficiente.

¿Qué pasa si la escuela no está siguiendo mi IEP o mi Plan 504?

Si su escuela no está siguiendo su IEP o su plan 504, debe comunicarse con personas de su escuela o distrito que puedan ayudar a resolver sus problemas (como su director o el coordinador 504 del distrito o el coordinador de educación especial). Si eso no funciona y su escuela aún no sigue su IEP, puede enviar una queja al Departamento de Educación de California (“CDE”). El CDE luego investigará y podrían requerir que su escuela siga su IEP. Debe enviar su queja dentro de un año de que su escuela dejó de seguir su plan. Haga clic aquí para obtener más información sobre el proceso o comience con su formulario de reclamo . El Fondo de Educación y Defensa de los Derechos de los Discapacitados tiene consejos para redactar una queja de cumplimiento .

Si la escuela no está siguiendo su plan 504, puede enviar una queja a la Oficina de Derechos Civiles (OCR) del Departamento de Educación de EE. UU. Haga clic aquí para obtener más información sobre el proceso o comience con su formulario de queja de OCR .

¿Qué es el “debido proceso”?

Cuando las escuelas y los padres tienen desacuerdos, el “debido proceso” es una forma en que las escuelas y los padres / tutores pueden solucionarlos. El debido proceso es como ir a un tribunal donde un juez decide si la escuela hizo algo mal.

Antes de pasar al debido proceso, deberá intentar solucionar su problema con su distrito escolar a través de una “mediación”. Esto solo significa que usted, su familia y las personas de su distrito escolar hablarán entre sí y tratarán de solucionar el problema antes de ir a la corte.

Si la mediación no funciona, el distrito escolar o su familia pueden ir al debido proceso. En la corte, el juez puede escuchar información de maestros, directores y familias. El juez también leerá todos sus IEP y evaluaciones para ayudarlos a tomar una decisión. Una vez que el juez toma una decisión, suele ser definitiva.

Las familias y el distrito escolar suelen tener un abogado para ayudarles en el debido proceso. A continuación, se muestra una lista de organizaciones legales sin fines de lucro de California que pueden ayudarlo con este proceso o derivarlo a otras personas que puedan ayudarlo con este proceso:

Si el inglés no es mi primer idioma, ¿puedo seguir con el proceso de educación especial?

SI. Si el inglés no es su primer idioma, su escuela debe asegurarse de que usted y su familia puedan comprender el proceso de educación especial:

  • La escuela debe proporcionar un intérprete para todas las reuniones del IEP. Un intérprete es alguien que traduce lo que todos dicen a un idioma diferente.
  • Todos los documentos que la escuela envía a casa a tus padres deben estar en el idioma que tus padres se sientan más cómodos usando.
  • Todas las evaluaciones o evaluaciones deben entregarse en el idioma con el que se sienta más cómodo o en el idioma que mejor muestre su desempeño.
  • Todas las evaluaciones no deben discriminarlo por motivos de raza o cultura.
  • La escuela no puede tardar más en darte evaluaciones debido a tu idioma.
  • La escuela no puede darle una evaluación solo porque habla un idioma diferente.

¿Me pueden castigar en la escuela aunque tenga una discapacidad?

, la escuela puede castigarlo, como suspenderlo o expulsarlo, por las mismas razones por las que los estudiantes sin discapacidad pueden ser castigados. La escuela no puede castigar a los estudiantes con discapacidades más que a los estudiantes sin discapacidades por hacer las mismas cosas. Pero los estudiantes con discapacidades tienen protecciones adicionales para asegurarse de que no sean castigados por su discapacidad. Aquí están algunos ejemplos:

  • Antes de que una escuela pueda expulsarlo, debe tener una “determinación de manifestación”. Esta es una reunión en la que la escuela decide si su discapacidad causó que rompiera las reglas. Si su discapacidad hizo que infringiera las reglas, entonces no puede ser expulsado, excepto si mantenerlo en la escuela no sería seguro. En esta reunión, la escuela también tiene que ver si estaba siguiendo su IEP cuando se metió en problemas. Si la escuela no estaba siguiendo su IEP en ese momento, generalmente no pueden expulsarlo. Durante esta reunión, la escuela también puede hablar sobre las formas en que podrían ayudarlo para que no se meta nuevamente en problemas, como brindarle una “evaluación de comportamiento funcional” (FBA) o cambiar su “plan de intervención de comportamiento” (BIP). Estas son palabras elegantes para describir las formas en que la escuela puede ayudarlo a no romper las reglas nuevamente. Esta reunión debe realizarse dentro de los 10 días posteriores a la decisión de la escuela de expulsarlo.
  • Si la escuela lo suspende o lo saca de su salón de clases por más de 10 días en total en un año escolar, entonces la escuela tiene que realizar una reunión de determinación de manifestación.
  • Si la escuela lo suspende o lo expulsa, aún tiene que seguir su IEP y enseñarle en otro lugar.

¿Puede mi escuela discriminarme por mi discapacidad?

NO. Su escuela no puede discriminarlo por su discapacidad.

A continuación, se muestran algunos ejemplos de las formas en que las escuelas discriminan a los estudiantes con discapacidades:

  • No permitirle ir a una escuela o un programa escolar como tutoría después de la escuela debido a su discapacidad.
  • No darle las mismas oportunidades que los estudiantes sin discapacidades de participar en programas escolares.
  • No brindarle las adaptaciones que necesita
  • Acosarlo o intimidarlo debido a su discapacidad (o no evitar que otros estudiantes lo acosen o intimiden)
  • Hacer que sigas reglas diferentes a las de los estudiantes sin discapacidades.
  • Usar demasiada fuerza física debido a su discapacidad
  • Enseñarle en un lugar diferente de los estudiantes sin discapacidades, a menos que haya una buena razón.

Si cree que su escuela lo ha discriminado, puede:

  1. Comuníquese con su coordinador de 504 o ADA en la escuela
  2. PRESENTAR UNA QUEJA ANTE LA OFICINA DE DERECHOS CIVILES

¿Puedo ser intimidado o acosado por mi discapacidad?

NO. Tanto la Sección 504 como la ADA dicen que los estudiantes con discapacidades no pueden ser acosados ​​en la escuela. Si la escuela sabe que está siendo acosado debido a su discapacidad, debe verificar y asegurarse de que esto no vuelva a suceder.

Cuando la intimidación o el acoso es “severo o generalizado”, entonces es ilegal que la escuela permita que siga sucediendo. Por lo general, esto significa que el acoso ha estado sucediendo durante mucho tiempo, la escuela lo ha sabido por un tiempo y te ha lastimado mucho. En este caso, si la escuela permite que siga sucediendo, podría estar discriminándote. Si esto sucede, puede presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles o el Departamento de Educación de California .

IDEA dice que cuando el acoso le dificulta aprender, la escuela tiene que celebrar una reunión con el equipo del IEP para discutir el problema y diseñar un plan para detener el acoso.

También tiene derecho a estar libre de intimidación y acoso en las escuelas según las leyes contra el acoso de California. Para obtener más información sobre sus derechos en la escuela cuando se enfrenta a la intimidación o el acoso, consulte nuestro Conozca sus derechos sobre el acoso y la intimidación .

¿Estoy protegido en programas extracurriculares, deportes y excursiones?

SI. La ADA no solo te protege en el salón de clases, también te protege en otras actividades como deportes, incluso si no están en tu IEP o plan 504. Las escuelas tienen que hacer cambios en esas actividades para que usted pueda participar. Esto no significa que un entrenador tenga que ponerlo en el equipo, pero el entrenador no puede excluirlo solo porque tiene una discapacidad. Si forma parte del equipo, el entrenador debe hacer cambios por usted. Esto podría significar dejarle faltar a las prácticas para una cita con el médico o conseguir equipo especial. Tu escuela también tiene que mantenerte en un “entorno integrado”, para que no puedan obligarte a viajar en un autobús diferente a una excursión o sentarte en la biblioteca durante una actividad después de la escuela.

¿Los edificios escolares tienen que ser físicamente accesibles?

SI. La ADA y la Sección 504 dicen que la mayoría de las escuelas tienen que cambiar sus edificios para asegurarse de que pueda moverse y usar el equipo. Esto significa que la escuela debe tener perillas de las puertas y rampas para fuentes de agua, elevadores y puertas anchas de fácil uso. Incluso si las escuelas no tienen que hacer estos cambios específicos, aún tienen que hacer otros cambios siempre y cuando no cueste mucho dinero. Esto puede significar hacer una pequeña rampa en las aceras, mover estantes y muebles, ensanchar puertas o colocar picaportes fáciles de usar. La escuela también tiene que impartir clases y otras actividades educativas en lugares a los que puedas llegar. Esto se puede hacer moviendo una clase al primer piso oa un edificio diferente.

¿Tengo estos mismos derechos en una universidad o escuela vocacional?

ALGUNOS. La IDEA no se aplica cuando se inscribe en la universidad u otros programas a los que asiste después de graduarse de la escuela secundaria, y no tiene derecho a un IEP, un plan 504 o una educación pública gratuita apropiada después de la escuela secundaria. Sin embargo, las universidades y las escuelas profesionales aún deben seguir la Sección 504 y la ADA. Esto significa que las escuelas no pueden discriminarlo debido a una discapacidad y aún deben adaptarse a su discapacidad. Algunas de estas adaptaciones incluyen tiempo adicional para exámenes o asignaciones, pruebas en una sala privada, alguien que tome notas por usted, que le permita usar la computadora portátil en clase para tomar notas o que elija su horario primero. En una universidad o escuela vocacional, debe solicitar adaptaciones a través de la oficina de servicios para discapacitados de la escuela; la escuela generalmente no tiene que brindarle adaptaciones académicas que no haya solicitado.

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